DESPACHO DEL ALCALDE
FUNCIONARIOS RESPONSABLES
C.C.No. 17.672.321
Ingeniero de Sistemas
Celular No. 3112298728
Correo Electrónico: info@sanvicentedelcaguan.gov.co
· Secretaria: NOHORA LUCIA SÁNCHEZ
C.C.No. 26.643.514
Trabajadora Social
Celular No. 3112298793
Correo Electrónico: n.sanchez@sanvicentedelcaguan.gov.co
FUNCIONES ESENCIALES
En relación con el Concejo Municipal
Ø Presentar los Proyectos de acuerdo, que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio.
Ø Colaborar con el Concejo para un buen desempeño de sus funciones, rendir informes cuando se le soliciten, presentar los informes generales sobre su administración en la primera sesión ordinaria de cada año y convocarlos a sesiones extraordinarias en la que se ocuparan de temas y materias para los cuales fue citado.
Ø Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere convenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
Ø Enviar al Gobernador dentro de los cinco días siguientes a su sanción o expedición, los acuerdos del Concejo, los decretos de carácter general que expida, los actos mediante los cuales se reconozca y decrete honorarios a los Concejales y demás de carácter particular que el Gobernador solicite.
Ø Aceptar la renuncia y conceder licencia a los Concejales, cuando el Concejo esté en receso.
En relación con el orden público.
Ø Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones del Presidente de la República y del Gobernador del Caquetá.
Ø Dictar disposiciones para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la Ley, si fuere el caso, mediante medidas tales como:
§ Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos.
§ El toque de queda.
§ Restringir y prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes.
§ Requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la Constitución y la Ley.
§ Dictar dentro del área de su competencia, los reglamentos de policía local necesarios para el cumplimiento de las normas superiores, conforme a las disposiciones de los Códigos Nacional y Departamental de Policía.
En relación con la Nación, el Departamento y la Autoridades Jurisdiccionales.
Ø Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los empleados nacionales que ejerzan sus funciones en el municipio, cuando no haya disposición que determine la autoridad que deba hacerlo, en caso de fuerza mayor o caso fortuito o cuando reciba tal delegación.
Ø Coordinar y supervisar los servicios que presten en el municipio entidades nacionales o departamentales e informar a los supervisores de las mismas.
Ø Visitar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas que se ejecuten en el territorio jurisdiccional.
Ø Ejercer las funciones que delegue el Gobernador.
En relación con la Administración Municipal
Ø Dirigir la acción administrativa del Municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y de la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicialmente y extrajudicialmente.
Ø Nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes y directores de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales y asimiladas a estas, de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.
Ø Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalas las funciones y fijarles sus documentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Ø Ordenar los gastos y celebrar contratos o convenios municipales de acuerdo con un plan de desarrollo económico, social y con el presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables.
Ø Adelantar acciones encaminadas a promover el mejoramiento económico de los habitantes del Municipio.
Ø Delegar funciones a los secretarios de despacho, en caso de sus ausencias temporales.
En relación con la ciudadanía
Ø Informar sobre su gestión a la ciudadanía.
Ø Convocar por lo menos dos veces al año a las organizaciones sociales y veeduría ciudadana, para presentar informes de su gestión y de los demás importantes proyectos que serán desarrollados por la Administración.
Ø Difundir de manera amplia y suficiente el Plan de Desarrollo del municipio a los gremios, a las organizaciones sociales y comunitarias y a la comunidad en general.
Ø Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal.
Ø Las demás funciones que le sean asignadas por el residente de la República o aquellas que adquiera en el desarrollo de convenios con entidades públicas del orden Nacional o departamental.